Elecciones legislativas de Buenos Aires 2025: qué pasa si no voy a votar

Elecciones legislativas de Buenos Aires 2025: qué pasa si no voy a votar

El voto cumple un doble rol en el sistema democrático: es una obligación y un derecho, dada su importancia para marcar colectivamente el rumbo posible de un país. En Argentina, están habilitados a votar las personas mayores de 16 años, aunque se excluyen de su obligación los adolescentes de entre 16 y 18 y también mayores de 70 años. Además, existen algunos casos excepcionales que evitan las multas y la inscripción en el Registro de Infractores al Deber de Votar.

Con las elecciones legislativas provinciales tan cerca, celebradas el próximo domingo 7 de septiembre, conviene estar al tanto de qué pasa si no podés asistir a votar y cómo son las infracciones que se imponen en cada caso.

¿Qué se elige en septiembre? Este año a la provincia de Buenos Aires le toca renovar, por un lado, 23 senadores titulares y 15 suplentes, y por el otro, 46 diputados titulares y 28 suplentes, lo que equivale a la mitad de las cámaras. También se eligen concejales municipales y consejeros escolares. Son elecciones relevantes porque implica que las fuerzas actuales en la Legislatura provincial podrían verse desplazadas.

En qué casos se puede justificar la ausencia

Como mencionamos, están exentos de consecuencias económicas y administrativas los menores de 18 años y los mayores de 70. Pero también hay situaciones especiales que vuelven al proceso de sufragio un verdadero problema y ameritan ser respetadas. Estos casos son:

Si se sabe por adelantado que no se podrá concurrir, estas justificaciones deberán cargarse en un documento antes del cierre de los comicios en la plataforma del Registro de Infractores. Si no se carga a tiempo, el sistema registrará al votante como infractor y se iniciará el proceso de sanción.

Cuáles son las consecuencias de no ir a votar

En caso de no presentarse, las multas pueden variar entre $1.000 y $2.000, teniendo en cuenta también la cantidad de infracciones previas registradas por la Cámara Electoral. También podría penarse con trabajo comunitario por un máximo de tres días, si así lo dispusiera la autoridad correspondiente.

El Artículo 126 del Código Electoral Nacional que refiere al pago de la multa, advierte: “El infractor que no la oblare no podrá realizar gestiones o trámites durante un (1) año ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales”.


La noticia

Elecciones legislativas de Buenos Aires 2025: qué pasa si no voy a votar

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Xataka Argentina

por
Fernando G. Villalba

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